OEA Operador Económico Autorizado

Actualmente, el registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad OEA Operador Económico Autorizado o SCC Socio Comercial Certificado, es una figura impulsada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), dirigida a los diversos actores que participan directa o indirectamente en las actividades vinculadas a las operaciones de comercio exterior a través de la implementación de estándares mínimos en materia de seguridad y los cuales buscan mitigar los actos ilícitos que vulneren la seguridad nacional.

De igual forma, brinda la oportunidad de identificar y establecer medidas para mitigar los riesgos internos y externos que afecten la seguridad de la cadena de suministro, además de obtener diversas facilidades administrativas aplicables a las operaciones de comercio exterior.

TITULO 7. RGCE Esquema Integral de Certificación de Empresas

Los requisitos y obligaciones para la obtención y continuidad en el esquema se encuentran establecidos en el título 7 de las RGCE. De conformidad con la modalidad que se desee obtener, se dividen en tres principales grupos:

Las organizaciones podrán presentar tu solicitud de inscripción en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad OEA Operador Económico Autorizado bajo los siguientes rubros:

Por otra parte los proveedores logísticos de los OEA, podrán presentar su solicitud de inscripción en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Socio Comercial Certificado bajo los siguientes rubros:

Para emitir la resolución a tu solicitud de inscripción, la AGACE cuenta con un plazo de hasta 120 días hábiles y en su caso te podrá requerir única ocasión, otorgándote un plazo de 15 días hábiles para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

 
En caso de que la resolución sea favorable, la vigencia del registro será por dos años y se podrá renovar siempre y cuando presentes el formato denominado “Aviso Único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas” dentro de los treinta días hábiles previos al fin de la vigencia de tu registro.

DESCARGAR FICHA TÉCNICA

Lo requisitos mínimos en materia de seguridad con los que deberá de cumplir la organización se dividen en los siguientes apartados:

Homologación de Vigencias con la Certificación IVA e IEPS

Las organizaciones que así lo requieran, podrán solicitar la homologación de vigencia para la modalidad de Operador Económico Autorizado (OEA) al momento de la solicitud de su inscripción. Al hacerlo se podrá obtener la ampliación de la vigencia en la modalidad OEA; es decir prevalecerá la vigencia otorgada en la modalidad IVA e IEPS de 2 o 3 años según corresponda.

De igual forma, en caso que la organización ya cuente con la autorización bajo la modalidad Operador Económico Autorizado podrá realizar su solicitud de homologación de manera simultánea a través de el “Aviso Único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas”.

RECONOCIMIENTO MUTUO CON CTPAT

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