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CBP Form 5106: desde el 18 de septiembre, CBP puede anular números de importador con datos inexactos

El 19 de agosto de 2026, CBP publicó en el Federal Register un aviso sobre la exactitud de los datos de los importadores de registro (IOR). Desde el 18 de septiembre de 2026, si la información del CBP Form 5106 es inexacta o está incompleta, CBP puede anular de inmediato el número de IOR. El 17 de septiembre lo recordó a los socios CTPAT con una alerta.

Qué cambió

El aviso forma parte de la aplicación de la Orden Ejecutiva 14411, firmada el 3 de junio de 2026. CBP está revisando la información del CBP Form 5106 (Importer Identity Form) de los importadores nuevos y de los que ya están registrados.

  • El domicilio físico, el correo, el teléfono, el EIN y, en su caso, el SSN deben ser exactos, estar completos y pertenecer directamente al IOR.
  • El domicilio físico debe ser el lugar real del negocio. Según el aviso, no puede ser el de un agente registrado, un agente aduanal, un transitario, un apartado postal ni un centro de servicios.
  • Los agentes aduanales que presentan el formulario por un cliente deben tener un poder (POA) firmado directamente con el IOR, no por medio de un transitario u otro tercero.
  • Un número anulado no sirve para importar hasta que CBP lo restablezca.

Según la Alerta CTPAT, para actualizar un registro existente el agente aduanal envía en ACE una transacción Importer/Consignee (TP) con el código de acción U (Update), con todos los datos obligatorios del formulario.

A quién afecta

Importadores de registro en Estados Unidos y agentes aduanales que transmiten el formulario por ellos, incluidos los socios CTPAT. Si su empresa en México actúa como importador de registro en EE. UU., o depende de que su cliente lo haga, conviene revisarlo.

Qué debería revisar su empresa

  • Obligatorio Si su empresa es IOR en EE. UU.: revisar con su agente aduanal que los datos del CBP Form 5106 en ACE sean exactos y estén completos.
  • Obligatorio Confirmar que el poder (POA) con su agente aduanal esté vigente y firmado directamente con el IOR.
  • Recomendado Si un número se anula, CBP indica escribir a IORProgram@cbp.dhs.gov con el asunto "Enforcing IOR Accuracy" para pedir que se restablezca.

Obligatorio: requisito legal o normativo. Recomendado: buena práctica o guía de la autoridad. Lectura de 3PP: nuestra interpretación técnica.

Fuente oficial

Enlaces revisados el 25 de octubre de 2026.

Este contenido es informativo y no sustituye la lectura de la fuente oficial. 3PP es una firma de consultoría y capacitación: no es autoridad ni organismo de certificación. La decisión sobre cualquier registro, validación o certificado la toma la autoridad o el organismo que corresponda.